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Servicio Doméstico – Ajuste correspondiente a regir durante el año 2015

Servicio Doméstico – Ajuste correspondiente a regir durante el año 2015
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Reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 21 Servicio Doméstico, fija el porcentaje de ajuste correspondiente a los salarios del sector a regir en el año 2015.
El salario mínimo nominal del sector a partir del 1 de enero de 2015 será de $ 11.945,35 (por 44 horas semanales de trabajo y 25 jornales en el mes), lo que equivale a $ 62,84 la hora.
Se procede a fijar el porcentaje de ajuste correspondiente en aplicación de la decisión del Consejo de Salarios de 10 de abril de 2013 ,que recogió el Convenio Colectivo suscrito en la fecha entre LACCU y el SUTD.
El aumento salarial para los trabajadores del sector que regirá a partir del 1º de enero 2015 será el que se detalla a continuación (calculado sobre la remuneración vigente al 31/12/2014) de acuerdo a las franjas salariales correspondientes.

1) Primera franja salarial.
Salarios de hasta $13.163,14 mensuales (44 horas semanales,25 jornales por mes) o hasta $ 69,25 por hora se establece un porcentaje de aumento del 11,17 %

2) Segunda franja salarial
Para los salarios desde $13.163,09 y hasta $ 15.305,08 mensuales o salarios desde $ 69,25 por hora y hasta $ 80,52 por hora, se establece un porcentaje de aumento de 10,59%

3) Tercera franja salarial
Para los salarios mayores a $ 15.305,08 mensuales o mayores a $ 80,52 la hora, se establece un porcentaje de aumento de 10 %.

VER COMUNICADO BPS

Fuente: www.ligadeamasdecasa.com.uy

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